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Mostrando entradas de septiembre, 2016

APOSTILLA PARA MARRUECOS, CHILE Y BRAZIL

CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS La Haya, 05 de octubre de 1961. «BOE»: 25-09-1978, n.º 229 y 17-10-1978 Marruecos 27-11-2015 Adhesión 14-08-2016 Entrada en vigor En cumplimiento del párrafo 2 del artículo 6 del Convenio, el Reino de Marruecos designa a los funcionarios de los tribunales de primera instancia, los tribunales de apelación (ordinarios y especializados) y el tribunal de casación vinculado al Ministerio de la Justicia y las Libertades como autoridades a las que, por razón de su cargo, atribuye competencia para expedir la apostilla prevista en el párrafo primero del artículo 3 respecto de los documentos a los que se refiere la letra a) del artículo 1, relativa a los documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del ministerio público, o de un secretario, oficial o agente judicial. En cumplimiento del párrafo 2 del artículo